TÍTULO VII. Del convenio · CAPÍTULO I. De la propuesta de convenio · Sección 2.ª Del contenido de la propuesta de convenio · Subsección 3.ª Del contenido alternativo de la propuesta de convenio
Artículo 326. Facultad de elección.
1. En la propuesta de convenio con contenido alternativo deberá determinarse el plazo para el ejercicio de la facultad de elección, así como la alternativa aplicable en caso de falta de ejercicio de esa facultad.
2. El plazo para el ejercicio de la facultad de elección no podrá ser superior a un mes a contar desde la fecha de la firmeza de la resolución judicial que apruebe el convenio.
Texto oficial de Ley Concursal (BOE-A-2020-4859). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.