TÍTULO II. De los órganos del concurso · CAPÍTULO I. Del juez del concurso · Sección 2.ª De la jurisdicción
Artículo 56. Alcance internacional de la jurisdicción.
En el ámbito internacional la jurisdicción del juez del concurso comprende únicamente el conocimiento de aquellas acciones que tengan su fundamento jurídico en la legislación concursal y guarden una relación inmediata con el concurso.
Texto oficial de Ley Concursal (BOE-A-2020-4859). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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