Esta orden será de aplicación desde las 00:00 del día 11 de mayo de 2020 hasta la finalización del estado de alarma, incluidas sus prórrogas o hasta que existan circunstancias que justifiquen nueva orden ministerial modificando la presente.
Madrid, 9 de mayo de 2020.–El Ministro de transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos Meco.
Texto oficial de Orden TMA/400/2020, de 9 de mayo, por la que se establecen las condiciones a aplicar en la fase I de la desescalada en materia de movilidad y se fijan otros requisitos para garantizar una movilidad segura (BOE-A-2020-4912). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final segunda. Vigencia. — Orden TMA/400/2020, de 9 de mayo, por la que se establecen las condiciones a aplicar en la fase I de la desescalada en materia de movilidad y se fijan otros requisitos para garantizar una movilidad segura · BOE Fácil