Disposición adicional cuarta. Modificación de la resolución de designación del proveedor o del espacio aéreo asociado al aeródromo.
En el caso de que un proveedor designado para la prestación de servicios de tránsito aéreo de aeródromo identificase la necesidad de introducir modificaciones en los requisitos técnicos y operativos de la resolución de designación o en el volumen de espacio aéreo asociado al aeródromo, lo pondrá en conocimiento del gestor aeroportuario, quien solicitará la modificación ante la Dirección General de Aviación Civil, según corresponda, para su tramitación o remisión a la Comisión Interministerial entre Defensa y Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (CIDETMA).
La Dirección General de Aviación Civil, previo informe de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, así como, en su caso, de la entidad pública empresarial ENAIRE, cuando la solicitud afecte a las atribuciones de esta entidad, dictará y notificará la resolución expresa que proceda sobre la modificación de la resolución de designación en el plazo de seis meses desde la presentación de la solicitud. Igualmente, en el plazo de seis meses desde la presentación de la solicitud, la Comisión Interministerial entre Defensa y Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (CIDETMA) dictará y notificará la resolución expresa que proceda sobre el volumen de espacio aéreo asociado al aeródromo.
Transcurrido el plazo máximo previsto en el párrafo anterior sin que se haya notificado la resolución expresa, la solicitud formulada podrá entenderse denegada en virtud de la excepción recogida en el artículo 24.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
> <small>Redactada conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 248, de 17 de septiembre de 2020. [Ref. BOE-A-2020-10778](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-10778)</small>
Texto oficial de Real Decreto 515/2020, de 12 de mayo, por el que se regula el procedimiento de certificación de proveedores civiles de servicios y funciones de gestión del tránsito aéreo y de navegación aérea y su control normativo (BOE-A-2020-4961). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.