Disposición adicional primera. Limitación del gasto en la Administración General del Estado.
Se exceptúan de la limitación de gasto establecida en el artículo 21 del Real Decreto-ley 2/2020, de 21 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público, las medidas necesarias para la aplicación del Acuerdo entre el Ministerio del Interior, sindicatos de Policía Nacional y asociaciones profesionales de la Guardia Civil, de 12 de marzo de 2018.
Texto oficial de Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo, por el que se adoptan medidas complementarias en materia agraria, científica, económica, de empleo y Seguridad Social y tributarias para paliar los efectos del COVID-19 (BOE-A-2020-5315). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.