Artículo 1. Modificación del Real Decreto 532/2017, de 26 de mayo, por el que se regulan el reconocimiento y el funcionamiento de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas.
Se añade una nueva disposición adicional única al Real Decreto 532/2017, de 26 de mayo, por el que se regulan el reconocimiento y el funcionamiento de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas, con la siguiente redacción:
«Disposición adicional única. Reglas especiales para 2020.
1. No obstante lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 21, en el año 2020 la información podrá remitirse hasta un mes después del último día en el que esté en vigor el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
2. En el año 2020 no se aplicarán los controles establecidos en las letras b) y c) del apartado 1 del artículo 24.»
Texto oficial de Organizaciones de Productores de Frutas, Hortalizas y Vitivinicultura (BOE-A-2020-5899). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 1. Modificación del Real Decreto 532/2017, de 26 de mayo, por el que se regulan el reconocimiento y el funcionamiento de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas. — Organizaciones de Productores de Frutas, Hortalizas y Vitivinicultura · BOE Fácil