Este real decreto tiene por objeto regular el procedimiento administrativo para autorizar la importación en el territorio nacional de ejemplares vivos –o de sus restos o propágulos que pudieran sobrevivir o reproducirse–, de las especies alóctonas silvestres que figuran en el Listado de especies alóctonas potencialmente susceptibles de competir con las especies silvestres autóctonas, alterar su pureza genética o los equilibrios ecológicos (en lo sucesivo, el Listado), de conformidad con el artículo 54.2, 3 y 4 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
Texto oficial de Importación de Especies Alóctonas Invasoras (BOE-A-2020-7277). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.