CAPÍTULO II. Procedimiento para autorización previa a la importación de las especies incluidas en el Listado
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2021.
Dado en Madrid, el 16 de junio de 2020.
**FELIPE R.**
**La Vicepresidenta Cuarta del Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico,**
**TERESA RIBERA RODRÍGUEZ**
Texto oficial de Importación de Especies Alóctonas Invasoras (BOE-A-2020-7277). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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