Disposición adicional primera. Requisitos mínimos exigibles para el vertido de la fracción orgánica de los residuos municipales.
Previa consulta a la Comisión de coordinación en materia de residuos en el plazo de dos años desde la entrada en vigor de este real decreto, el titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico establecerá por orden ministerial los requisitos mínimos exigibles de clasificación de los residuos, madurez y estabilización de la fracción orgánica de los residuos municipales tratados con carácter previo al vertido.
Texto oficial de Real Decreto de Eliminación de Residuos en Vertedero (BOE-A-2020-7438). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional primera. Requisitos mínimos exigibles para el vertido de la fracción orgánica de los residuos municipales. — Real Decreto de Eliminación de Residuos en Vertedero · BOE Fácil