Artículo 19. Costes que incluyen los peajes de acceso a las redes locales.
Los peajes asociados al uso de las redes locales incluirán los siguientes conceptos:
1. La retribución anual de la red de transporte primario de influencia local, establecida en la correspondiente Resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
2. La retribución anual de la red de transporte secundario, establecida en la correspondiente Resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
3. La retribución anual de la red de distribución, establecida en la correspondiente Resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
4. Las revisiones, en su caso, de la retribución de la red de transporte primario de influencia local, de la red de transporte secundario y red de distribución.
5. Las diferencias entre los ingresos inicialmente previstos y los ingresos reales que resulten de la aplicación de los peajes asociados al uso de las redes locales correspondientes a ejercicios anteriores.
6. Las compensaciones por interrumpibilidad abonadas a los usuarios de red correspondientes a ejercicios anteriores, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28.
7. Otros ingresos o costes liquidables imputables según se establezca en la normativa vigente, diferentes de los anteriores.
Texto oficial de Circular 6/2020, de 22 de julio, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte, redes locales y regasificación de gas natural (BOE-A-2020-8556). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.