CAPÍTULO III. El Apoyo a la Fuerza · Sección 1.ª Recurso humano
Artículo 21. La Dirección de Sanidad.
La Dirección de Sanidad es responsable, en el ámbito de sus competencias, de la dirección, gestión, administración y control en materia de sanidad en sus aspectos preventivo, asistencial y pericial, y del asesoramiento en materia de apoyo sanitario logístico-operativo.
Texto oficial de Organización Básica de la Armada (BOE-A-2020-8635). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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