CAPÍTULO III. El Apoyo a la Fuerza · Sección 3.ª El Mando de Apoyo Logístico
Artículo 31. El Mando de Apoyo Logístico.
1. El Mando de Apoyo Logístico es el órgano del Apoyo a la Fuerza responsable, en el ámbito del Ejército de Tierra, del material y de los procesos de apoyo logístico en las funciones de abastecimiento, mantenimiento y transporte, incluyendo la correspondiente ingeniería de apoyo. Le corresponde, por tanto, la dirección, gestión, administración y control en materia de dichas funciones e ingeniería de sistemas.
2. El Mando de Apoyo Logístico se articula en:
a) La Jefatura del Mando de Apoyo Logístico.
b) La Dirección de Adquisiciones.
c) La Dirección de Integración de Funciones Logísticas.
d) La Dirección de Ingeniería del Mando de Apoyo Logístico.
> <small>Se modifica el apartado 2 por el art. único.8 de la Orden DEF/559/2024, de 29 de mayo. [Ref. BOE-A-2024-11777](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2024-11777)</small>
Texto oficial de Orden DEF/708/2020, de 27 de julio, por la que se desarrolla la organización básica del Ejército de Tierra (BOE-A-2020-8636). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 31. El Mando de Apoyo Logístico. — Orden DEF/708/2020, de 27 de julio, por la que se desarrolla la organización básica del Ejército de Tierra · BOE Fácil