CAPÍTULO II. La Fuerza · Sección 3.ª La Fuerza Terrestre
Artículo 11. El Cuartel General de la Fuerza Terrestre.
1. El Cuartel General de la Fuerza Terrestre asesora y apoya al General Jefe de la Fuerza Terrestre para el ejercicio de sus cometidos como mando orgánico y el desarrollo de sus responsabilidades.
2. Dispone de la capacidad para, en su caso, planear, conducir y realizar el seguimiento de las operaciones que se determinen.
Texto oficial de Organización Básica del Ejército de Tierra (BOE-A-2020-8636). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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