Disposición final tercera. Habilitación normativa y modificaciones del contenido de los anexos.
1. Se habilita al titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para que, en el ámbito de sus competencias, dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para el desarrollo y aplicación de este real decreto.
2. Asimismo, se habilita al titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para modificar, por medio de orden ministerial, los anexos del presente real decreto.
Texto oficial de Contabilización de Consumos Individuales en Instalaciones Térmicas (BOE-A-2020-9272). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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