CAPÍTULO IV. Umbrales de renta y patrimonio familiar
Disposición transitoria primera. Convenios de cofinanciación.
Excepcionalmente para el curso 2021-2022, las comunidades autónomas que hayan iniciado la negociación para el traspaso de las funciones y servicios en materia de gestión de becas y ayudas al estudio personalizadas, de conformidad con lo previsto en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, podrán acordar, a través de un convenio con el Ministerio de Educación y Formación Profesional, la convocatoria y la cofinanciación con cargo a sus propios presupuestos del 50 por ciento de las becas que se concedan al estudiantado cuya renta familiar se sitúe dentro del intervalo fijado en el artículo 8, apartados 1 y 3.
Texto oficial de Real Decreto 471/2021, de 29 de junio, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2021-2022, y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas (BOE-A-2021-10823). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.