TÍTULO IV. Control judicial de la investigación · CAPÍTULO VI. Incidente para el aseguramiento de las fuentes de prueba
Artículo 106. Incidente para la ampliación de la prueba asegurada.
1. Si con posterioridad a la práctica del incidente para el aseguramiento de la fuente de prueba se descubren hechos nuevos o hechos de los que no se hubiera tenido conocimiento con anterioridad que sean relevantes para evaluar la credibilidad del testigo o del perito o la fiabilidad de sus informaciones, la parte interesada podrá solicitar la ampliación de la declaración.
2. A tal efecto, en el escrito solicitando la ampliación se identificarán los nuevos hechos descubiertos, las fuentes del descubrimiento, las razones por las que tales hechos afectan a la credibilidad del testigo o a la fiabilidad de la información por este prestada, y se justificará que la ampliación resulta imprescindible para el adecuado ejercicio del derecho de defensa.
3. La solicitud se sustanciará conforme al procedimiento establecido en los artículos 101 y 102.
4.De accederse a la solicitud, la práctica y documentación de la prueba se realizará conforme a lo previsto en este título.
Texto oficial de Ley Orgánica de la Fiscalía Europea (BOE-A-2021-10957). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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