Disposición final segunda. Convocatoria de las ayudas para ejercicios posteriores al 2021.
El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, o bien el órgano en quien delegue, convocará las subvenciones establecidas en estas bases mediante su publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/es/index, y un extracto de la misma en el «Boletín Oficial del Estado».
Texto oficial de Real Decreto 425/2021, de 15 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la organización del Programa CULTIVA, relativo a estancias formativas de jóvenes agricultores en explotaciones modelo, y se convocan las correspondientes al ejercicio 2021 (BOE-A-2021-10964). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.