CAPÍTULO IV. Facultades de organización, dirección y control empresarial en el trabajo a distancia
Artículo 22. Facultades de control empresarial.
La empresa podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por la persona trabajadora de sus obligaciones y deberes laborales, incluida la utilización de medios telemáticos, guardando en su adopción y aplicación la consideración debida a su dignidad y teniendo en cuenta, en su caso, sus circunstancias personales, como la concurrencia de una discapacidad.
Texto oficial de Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia (BOE-A-2021-11472). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 22. Facultades de control empresarial. — Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia · BOE Fácil