Artículo 4. Presidencia de la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios.
No se le encomienda a ninguna de las Vicepresidencias la presidencia de la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios, por lo que en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, dicha presidencia será ejercida por la persona titular del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.
Texto oficial de Real Decreto 508/2021, de 10 de julio, sobre las Vicepresidencias del Gobierno (BOE-A-2021-11511). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 4. Presidencia de la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios. — Real Decreto 508/2021, de 10 de julio, sobre las Vicepresidencias del Gobierno · BOE Fácil