Artículo 12. Régimen de concesión y características de la ayuda.
1. El régimen de concesión será el de concurrencia competitiva, conforme al artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
2. Las ayudas reguladas mediante esta orden podrán tener la forma de préstamo, subvención o de una combinación de ambas modalidades.
3. Las correspondientes convocatorias establecerán la forma específica de la ayuda y el importe máximo en euros de subvención a conceder en función de la disponibilidad presupuestaria, que podrá estar ligado al tamaño de la empresa, la tipología de proyecto, la línea de actuación o el tipo de gasto financiable, respetando, en todo caso, los umbrales máximos previstos en el artículo 14 de esta orden, y de conformidad con el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, o sus posibles modificaciones vigentes en el momento de las convocatorias.
> <small>Se modifica el apartado 2 por el art. único.6 de la Orden ICT/309/2022, de 31 de marzo. [Ref. BOE-A-2022-6032](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-6032)</small>
Texto oficial de Orden ICT/789/2021, de 16 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a planes de innovación y sostenibilidad en el ámbito de la industria manufacturera (BOE-A-2021-12379). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.