1. Todas las referencias que en este real decreto se efectúan a las Administraciones de las Comunidades Autónomas y a sus órganos se entenderán referidas, en el caso de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, en atención a sus especiales características y ámbito de sus actividades.
2. Por lo que respecta a las Universidades Concordatarias de la Iglesia Católica, a los Centros Universitarios de la Defensa, a los Centros Universitarios de la Guardia Civil y al Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, sus respectivas referencias son las establecidas en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo.
> <small>Se modifica por el art. 1.18 del Real Decreto 905/2025, de 7 de octubre. [Ref. BOE-A-2025-20002](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2025-20002)</small>
Texto oficial de Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios (BOE-A-2021-12613). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.