Artículo 11. Criterios de evaluación de las solicitudes: primera fase.
1. En la primera fase de evaluación, la Comisión de Valoración concretará el resultado de la evaluación del contenido de las *propuestas técnicas* presentadas en las solicitudes, con base en los siguientes criterios de evaluación:
a) Criterio 1 Fase 1: Contribución del proyecto a los objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (máximo 10 puntos).
Se valorará la contribución del proyecto a alcanzar los objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la Economía Española mediante acciones que permitan mejorar la productividad, competitividad y sostenibilidad del sector pesquero y de la acuicultura a través del desarrollo tecnológico, la innovación y el equilibrio de la cadena de comercialización.
La valoración del Criterio 1 Fase 1 se incluirá en el informe de FASE 1, en el que se puntuará la propuesta de 0 a 10 puntos, calificándolo del siguiente modo, en función de si los beneficios que aporta el proyecto a la consecución de los objetivos del PRTE son significantes, razonables o deficientes:
Nivel bajo: de 0 a 4 puntos.
Nivel medio: de 4,1 a 7 puntos.
Nivel alto: de 7,1 a 10 puntos.
b) Criterio 2 Fase 1: Garantía de ejecución del proyecto, de sus objetivos, resultados y beneficios (máximo 10 puntos).
1.º Evaluación económica del proyecto (máximo 1 punto). Se valorará a través de la media aritmética de los siguientes parámetros:
Inversión en activos productivos (IAP), valorándose la proporción de la inversión destinada a activos productivos, tratando de incentivar las inversiones en instalaciones específicas, maquinaria y equipos informáticos:

Financiación propia (FP), valorándose la proporción de recursos propios que financiarían el proyecto, primando aquéllos que cuenten con mayor implicación económica del promotor.

Se entenderá por:
– «Total de inversión en inmovilizado», aquellos costes asumidos por la entidad beneficiaria derivados de la compra de aparatos, equipos o instrumentos, siempre que se destinen al proyecto, en los términos establecidos en el primer epígrafe del artículo 14.2 b) del presente real decreto.
– «Recursos propios aportados», aquellos generados por la actividad de la entidad, no siendo aportados por terceros.
– «Inversión total del proyecto», el montante económico total del proyecto, conforme se establezca en la propuesta técnica.
A la solicitud que obtenga un mayor resultado en dicha media aritmética se le concederá el máximo de puntuación, y el resto de solicitudes obtendrán una puntuación proporcional a esta.
2.º Aspectos sociales (máximo 5 puntos). Valorándose, por un lado, la generación de empleo neto en España, cuando el solicitante contrate a personal para la realización del proyecto, por lo menos la mitad de la duración del mismo (máximo 3 puntos), y, por otro lado, el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres, cuando al menos una de las personas contratadas sea mujer (máximo 1 punto), y cuando el puesto de coordinador técnico del proyecto lo ocupe una mujer (máximo 1 punto). En todo caso, las personas contratadas no podrán tener vinculación previa con ninguna de las entidades que conforman la agrupación solicitante en los tres meses anteriores a la presentación de la solicitud.
3.º Evaluación de la calidad científico-técnica, relevancia y viabilidad de la propuesta técnica (máximo 2 puntos). Valorándose la definición, contenido, calidad, originalidad, y adecuación de las actividades a desarrollar para la consecución de los objetivos, planificación, disponibilidad de recursos, adecuación del cronograma, existencia de indicadores de ejecución y de evaluación, presupuesto detallado y desglosado por actividades para el periodo subvencionable y costes ajustados a las actividades descritas.
4.º Carácter innovador (máximo 2 puntos). Valorándose la justificación del carácter innovador que suponen los productos, sistemas, procesos, métodos o prácticas que se quieren desarrollar con el proyecto, respecto del estado actual de los mismos.
La valoración del Criterio 2 Fase 1 se puntuará de 0 a 10 puntos del siguiente modo, en función de si las garantías de ejecución del proyecto, de sus objetivos, resultados y beneficios son significantes, razonables o deficientes:
Nivel bajo: de 0 a 4 puntos.
Nivel medio: de 4,1 a 7 puntos.
Nivel alto: de 7,1 a 10 puntos.
c) Criterio 3 Fase 1: implicación de empresas del sector pesquero y de la acuicultura (máximo 10 puntos).
1.º Grado de implicación de empresas en el desarrollo del proyecto (máximo 5 puntos). Valorándose el hecho de que la agrupación solicitante implique, en mayor o menor grado, a empresas del propio sector pesquero y de la acuicultura en el desarrollo del proyecto. Se aportará el correspondiente certificado de colaboración por parte de cada empresa implicada en el proyecto, firmado por su representante legal.
2.º Presupuesto destinado a la aplicación de los resultados en las empresas (máximo 5 puntos). Valorándose el presupuesto del proyecto destinado a actividades de validación o prueba del producto, equipo, proceso, técnica o sistema de gestión en una o varias empresas que operen en condiciones reales, es decir, el porcentaje del presupuesto total del proyecto destinado a las actividades que vayan a utilizarse en las operaciones de la empresa o la introducción en sus prácticas internas, del producto, equipo, proceso, técnica o sistema de gestión u organización que se pretenda desarrollar, introducir en el mercado o estudiar su viabilidad.
La valoración del Criterio 3 Fase 1 se puntuará de 0 a 10 puntos calificándola del siguiente modo, en función de si la implicación de las empresas del sector pesquero y de la acuicultura es significante, razonable o deficiente:
Nivel bajo: de 0 a 4 puntos.
Nivel medio: de 4,1 a 7 puntos.
Nivel alto: de 7,1 a 10 puntos.
d) Criterio 4 Fase 1: interés para la actividad y competitividad de las empresas (máximo 10 puntos).
1.º Interés técnico y económico (máximo 5 puntos). Valorándose la justificación del interés técnico y económico que posee el proyecto sobre la actividad de las empresas del sector.
2.º Aportación de soluciones a los retos y mejora del posicionamiento (5 puntos). Valorándose la justificación de la forma en que el proyecto aporta soluciones a los retos productivos y de los mercados que se hayan identificado, y como ello puede mejorar el posicionamiento de las empresas frente a competidores exteriores.
La valoración del Criterio 4 Fase 1 se puntuará de 0 a 10 puntos calificándola del siguiente modo, en función de si el interés para la actividad y competitividad de las empresas es significante, razonable o deficiente:
Nivel bajo: de 0 a 4 puntos.
Nivel medio: de 4,1 a 7 puntos.
Nivel alto: de 7,1 a 10 puntos.
2. Para cada propuesta se calculará la suma de las puntuaciones obtenidas para los Criterios 1, 2, 3 y 4 de Fase 1. A continuación se calculará la media aritmética de las puntuaciones de todas las propuestas, de forma que pasarán a la segunda fase de evaluación aquellas propuestas cuya puntuación resultante sea igual o superior al 80 % de dicha media aritmética obtenida. Quedarán rechazadas las solicitudes que no alcancen dicha puntuación mínima.
Texto oficial de Real Decreto 685/2021, de 3 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a agrupaciones de entidades que realicen proyectos de inversión y reforma en materia de investigación para el desarrollo tecnológico, la innovación y el equilibrio de la cadena de comercialización en el sector pesquero y de la acuicultura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se convocan para 2021 (BOE-A-2021-13263). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.