Existirá una Comisión Permanente, delegada del Pleno, con sus mismas competencias, excepto las de acuerdo de remisión del Plan de acción del departamento para la transformación digital a la Secretaría General de Administración Digital y aquellas que el Pleno se reserve de forma expresa.
De modo particular, la Comisión Permanente aprobará los criterios para la elaboración del Plan de acción, sobre la base de las directrices estratégicas y los criterios establecidos por la Secretaría General de Administración Digital, atendiendo a la Estrategia TIC de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, aprobada por el Consejo de Ministros.
La Comisión Permanente informará al Pleno de los asuntos tratados y de su tramitación.
Texto oficial de Orden HFP/862/2021, de 29 de julio, por la que se regula la composición y funciones de la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Hacienda y Función Pública (BOE-A-2021-13680). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.