orden · BOE-A-2021-14758
Orden ISM/941/2021, de 2 de septiembre, sobre organización y funcionamiento de los órganos colegiados de Administración Digital de la Seguridad Social
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 10/9/2021
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
La Orden ISM/941/2021 regula la organización y funcionamiento de los órganos colegiados de Administración Digital de la Seguridad Social, adecuando su denominación, composición y funciones al nuevo modelo de gobernanza TIC establecido por el Real Decreto 806/2014, que sustituyó el término 'administración electrónica' por 'administración digital'. Crea y regula el Consejo General de Administración Digital de la Seguridad Social, adscrito a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, así como los grupos de trabajo derivados de él (la Comisión Técnica y las funciones antes asignadas al Comité de Estrategia Digital de la Seguridad Social).
A quién afecta: El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, la Gerencia de Informática de la Seguridad Social y las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social.
- El Consejo General de Administración Digital de la Seguridad Social es el órgano encargado de la definición e impulso de la administración digital en la Seguridad Social, adscrito a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones (artículo 1).
- Entre sus funciones están fijar las líneas estratégicas TIC, aprobar el Plan de Transformación Digital de la Seguridad Social y los planes anuales y plurianuales de administración digital (artículo 2.1.a-c).
- También aprueba los objetivos, líneas estratégicas y políticas de seguridad de la información, y define las prioridades de inversión en tecnologías de la información (artículo 2.1.d y f).
- El Consejo General puede constituir los grupos de trabajo que requiera para el desarrollo de sus funciones, entre ellos la Comisión Técnica (artículo 2.2).
- La orden se dicta en aplicación del Real Decreto 806/2014, que derogó el anterior Real Decreto 589/2005 y estableció un nuevo modelo de gobernanza TIC en la Administración General del Estado.
¿A qué órgano está adscrito el Consejo General de Administración Digital de la Seguridad Social?
A la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, dentro del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (artículo 1.2 de la Orden ISM/941/2021).
¿Por qué se sustituyó el término 'administración electrónica' por 'administración digital' en estos órganos?
Para adaptarse a la denominación establecida por el Real Decreto 806/2014, que estableció un nuevo modelo de gobernanza TIC en la Administración General del Estado, englobando bajo 'administración digital' tanto las tecnologías de la información como la antigua administración electrónica.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Orden TAS/3486/2005, de 31 de octubre, sobre composición y funciones del Consejo General de Administración Electrónica de la Seguridad Social (2 menciones)
- Cita a: Real Decreto 589/2005, de 20 de mayo, por el que se reestructuran los órganos colegiados responsables de la Administración electrónica (1 menciones)
- Cita a: Real Decreto 497/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (1 menciones)
- Cita a: Tesorería General de la Seguridad Social (2 menciones)
- Cita a: Instituto Social de la Marina (2 menciones)
- Cita a: Intervención General de la Seguridad Social (2 menciones)
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