A los efectos de determinar la antigüedad que pudiera corresponder en el ingreso o ascenso en la Orden, según lo establecido en el artículo 17.2 del Reglamento, la instancia de solicitud deberá contar con el sello del registro de entrada del órgano competente para su tramitación. En ausencia del mencionado sello de registro se tomará como fecha de solicitud la de entrada de la misma en la Cancillería de la Orden.
Texto oficial de Orden DEF/961/2021, de 6 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y la documentación necesaria para la tramitación de solicitudes de ingreso o ascenso en la Real y Militar Orden de San Hermenegildo, según lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Real Decreto 725/2020, de 4 de agosto (BOE-A-2021-14975). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.