CAPÍTULO V. Régimen de uso de embarcaciones neumáticas y semirrígidas de alta velocidad
Disposición adicional primera. Datos de carácter personal.
Las disposiciones contenidas en este reglamento que afecten al tratamiento de datos de carácter personal se aplicarán de acuerdo con lo previsto en el Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos personales y garantía de los derechos digitales. En la sede electrónica de la Agencia Tributaria se facilitará la información que exige el artículo 13 del Reglamento 2016/679, de 27 de abril, relativa a los posibles tratamientos y el ejercicio de los derechos sobre los mismos.
Texto oficial de Real Decreto 807/2021, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de control de las embarcaciones neumáticas y semirrígidas a las que se refieren las letras f), g), h) e i) del apartado 3 del artículo único del Real Decreto-ley 16/2018, de 26 de octubre, por el que se adoptan determinadas medidas de lucha contra el tráfico ilícito de personas y mercancías en relación a las embarcaciones utilizadas, y por el que se modifica el Real Decreto 95/2009, de 6 de febrero, por el que se regula el Sistema de registros administrativos de apoyo a la Administración de Justicia (BOE-A-2021-15312). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.