Artículo 12. Procedimiento de gestión y ejecución de los programas de políticas activas de empleo.
Los programas regulados en este real decreto podrán ser gestionados y financiados por las administraciones competentes mediante la concesión de subvenciones públicas, contratación administrativa, suscripción de convenios, gestión directa o cualquier otra figura ajustada a derecho. En todo caso en la ejecución de estos programas se deberán tener en cuenta los principios de organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Empleo contemplados en el artículo 13 del texto refundido de la Ley de Empleo.
Texto oficial de Real Decreto de los Programas Comunes de Activación para el Empleo (BOE-A-2021-15771). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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