Disposición final sexta. Modificación del Real Decreto-ley 26/2020, de 7 de julio, de medidas de reactivación económica para hacer frente al impacto del COVID-19 en los ámbitos de transportes y vivienda.
Se modifica el apartado 1 del artículo 30 con la siguiente redacción:
> «1. En relación con las demandas de arbitraje presentadas ante las Juntas Arbitrales del Transporte durante los años 2020 y 2021, el Presidente de la Junta podrá acordar que se prescinda de la vista oral cuando la cuantía reclamada no exceda de 5.000 euros».
Texto oficial de Ley de Morosidad en el Transporte y Regulación de las VTC (BOE-A-2021-16029). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final sexta. Modificación del Real Decreto-ley 26/2020, de 7 de julio, de medidas de reactivación económica para hacer frente al impacto del COVID-19 en los ámbitos de transportes y vivienda. — Ley de Morosidad en el Transporte y Regulación de las VTC · BOE Fácil