Artículo 14. Formación y concienciación en seguridad de la información.
1. Se desarrollarán actividades formativas específicas orientadas a la concienciación y formación de los empleados públicos del Departamento, así como a la difusión entre los mismos de la PSI y de su desarrollo normativo.
2. La CP-CMAD y los responsables de seguridad se encargarán de promover las actividades de formación y concienciación en materia de seguridad, según lo indicado en el artículo 6.2.g) y en el artículo 8.3.h).
Texto oficial de Política de Seguridad de la Información de Asuntos Exteriores (BOE-A-2021-17277). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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