1. Este real decreto-ley tiene por objeto regular el régimen de emisión y supervisión de los bonos garantizados, estableciendo sus características, las obligaciones de información y los mecanismos de protección a los inversores.
2. Este real decreto-ley será de aplicación a las emisiones de bonos garantizados realizadas en España por parte de entidades de crédito autorizadas en España, incluido el Instituto de Crédito Oficial, o a las emisiones de bonos garantizados fuera de España por entidades de crédito autorizadas en España cuando dichas emisiones se realicen con sujeción a este real decreto-ley.
> <small>Se modifica por la disposición final 1.1 del Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio. [Ref. BOE-A-2022-10557#df](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-10557)</small>
Texto oficial de Real Decreto-ley de Bonos Garantizados (BOE-A-2021-17910). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. — Real Decreto-ley de Bonos Garantizados · BOE Fácil