Esta orden ministerial es de aplicación al personal de las Fuerzas Armadas, así como, en su caso, de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, de personal civil nacional y de personal militar y civil extranjero, integrado o adscrito a unidades militares, en operaciones militares y campañas en el exterior, bajo una coalición multinacional, en una fuerza de ámbito nacional o en el marco de organizaciones internacionales, siempre que no tengan ya asociada la concesión de una medalla específica en dichas operaciones.
Texto oficial de Tramitación y Concesión de la Medalla de Campaña (BOE-A-2021-19759). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 2. Ámbito de aplicación. — Tramitación y Concesión de la Medalla de Campaña · BOE Fácil