Disposición final decimotercera. Entrada en vigor.
Este real decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 21 de diciembre de 2021.
**FELIPE R.**
**El Presidente del Gobierno,**
**PEDRO SÁNCHEZ PÉREZ-CASTEJÓN**
Información relacionada
> <small>El Real Decreto-ley 29/2021, de 21 de diciembre, ha sido convalidado por Acuerdo del Congreso de los Diputados, publicado por Resolución de 25 de enero de 2022. [Ref. BOE-A-2022-1420](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-1420)</small>
Texto oficial de Real Decreto-ley 29/2021, de 21 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito energético para el fomento de la movilidad eléctrica, el autoconsumo y el despliegue de energías renovables (BOE-A-2021-21096). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.