Notificación de los convenios comprendidos en el Convenio Multilateral.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 2.1.a).ii) del Convenio, Belice desea que los siguientes convenios queden comprendidos en el Convenio:
| N.º | Título | Otra jurisdicción contratante | Instrumento original/por el que se modifica | Fecha de la firma | Fecha de entrada en vigor |
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| 1 | Convenio entre Belice y Austria en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. | Austria. | Original. | 8.5.2002 | 1.12.2003 |
| 2 | Convenio entre el Reino de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y la Confederación Suiza para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta, de 30 de septiembre de 1954, ampliado a Belice mediante canje de notas. | Suiza. | Original. | 26.8.1963 | 26.8.1963 |
| 3 | Convenio entre el Gobierno de Su Majestad y el Gobierno de Honduras Británica (Belice) para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sus acuerdos complementarios. | Reino Unido. | Original. | 19.12.1947 | 21.1.1948 |
| 3 | Convenio entre el Gobierno de Su Majestad y el Gobierno de Honduras Británica (Belice) para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sus acuerdos complementarios. | Reino Unido. | Instrumento por el que se modifica a). | 8.4.1968 | 6.4.1969 |
| 3 | Convenio entre el Gobierno de Su Majestad y el Gobierno de Honduras Británica (Belice) para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sus acuerdos complementarios. | Reino Unido. | Instrumento por el que se modifica b). | 12.12.1973 | 12.12.1973 |
| 4 | Convenio entre el Gobierno de Belice y el Gobierno de los Emiratos Árabes Unidos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. | Emiratos Árabes Unidos. | Original. | 2.10.2015 | 24.10.2017 |
Texto oficial de Instrumento de ratificación del Convenio multilateral para aplicar las medidas relacionadas con los tratados fiscales para prevenir la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios, hecho en París el 24 de noviembre de 2016 (BOE-A-2021-21097). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.