TÍTULO VIII. Cotizaciones Sociales · Tipo de estacionamiento
Disposición final tercera. Modificación de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte.
Uno. Se modifica el artículo 19.1 de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, con el siguiente texto:
«Los Clubes, o sus equipos profesionales, que participen en competiciones deportivas oficiales de carácter profesional y ámbito estatal, podrán adoptar la forma de Sociedad Anónima Deportiva a que se refiere la presente Ley. Dichas Sociedades Anónimas Deportivas quedarán sujetas al régimen general de las Sociedades Anónimas, con las particularidades que se contienen en esta Ley y en sus normas de desarrollo.»
Dos. Se modifica el primer párrafo y el apartado 4 de la disposición adicional séptima con el siguiente texto:
«Los Clubes que hayan decidido no constituirse en Sociedad Anónima Deportiva podrán mantener su estructura jurídica con las siguientes particularidades:»
Tres. Se modifica el apartado 4 de la disposición adicional séptima con el siguiente texto:
«4. Los Estatutos de estos Clubes deberán libremente establecer los requisitos para ser miembro de sus Juntas Directivas, tales como antigüedad, avales, etc.»
Texto oficial de Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 (BOE-A-2021-21653). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.