TÍTULO VIII. Cotizaciones Sociales · 
Disposición transitoria cuarta. Indemnización por residencia del personal al servicio del sector público estatal.
Durante el año 2022, la indemnización por residencia del personal en activo del sector público estatal continuará devengándose en las áreas del territorio nacional que la tienen reconocida, en las mismas cuantías vigentes a 31 de diciembre de 2021, con el incremento máximo previsto en el artículo 19.Dos.
No obstante, quienes vinieran percibiendo la indemnización por residencia en cuantías superiores a las establecidas para el personal del sector público estatal continuarán devengándola sin incremento alguno en el año 2022 o con el que proceda para alcanzar estas últimas.
Texto oficial de Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 (BOE-A-2021-21653). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición transitoria cuarta. Indemnización por residencia del personal al servicio del sector público estatal. — Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 · BOE Fácil