Disposición adicional primera. Segmentos tarifarios aplicables a los puntos de recarga de vehículos eléctricos de acceso público.
1. Los segmentos tarifarios de aplicación a los puntos de suministro a los que hace referencia la disposición adicional segunda de la Circular 3/2020, de 15 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, serán los siguientes:
| Segmento tarifario de cargos. | 2 VE | 3 VE |
| --- | --- | --- |
| Peaje de transporte y distribución Circular 3/2020. | 3.0 TDVE | 6.1 TDVE |
2. Los precios asociados a los segmentos tarifarios 2 VE y 3 VE se determinarán de forma que se recupere el 100 % de los cargos a través del término de energía, supuesta una utilización del punto de recarga del 10 %, y siendo el precio del término de potencia igual a cero euros por kW y año, para todos los periodos horarios.
3. Estos segmentos tarifarios serán de aplicación durante el período regulatorio 2020-2025.
Texto oficial de Real Decreto 148/2021, de 9 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los cargos del sistema eléctrico (BOE-A-2021-4239). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.