Artículo 11. Revisión de las calificaciones obtenidas.
La revisión de las calificaciones obtenidas y las fechas máximas para su resolución serán las que, con carácter general, se establecen en el artículo 10 del Real Decreto 310/2016, de 29 de julio.
Texto oficial de Orden PCM/2/2021, de 11 de enero, por la que se determinan las características, el diseño y el contenido de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad, y las fechas máximas de realización y de resolución de los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas, en el curso 2020-2021 (BOE-A-2021-460). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.