CAPÍTULO V. Detección precoz, control de fuentes de infección y vigilancia epidemiológica
Artículo 22. Declaración obligatoria de COVID-19.
El COVID-19, enfermedad producida por la infección por el virus SARS-CoV-2, es una enfermedad de declaración obligatoria urgente, a efectos de lo previsto en el Real Decreto 2210/1995, de 28 de diciembre, por el que se crea la red nacional de vigilancia epidemiológica.
> <small>Se declara el cese de la aplicación de las medidas contenidas en este artículo por el apartado segundo del Acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de julio de 2023, publicado por Orden SND/726/2023, de 4 de julio. [Ref. BOE-A-2023-15552#se](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2023-15552)</small>
Texto oficial de Ley de Medidas frente a la COVID-19 (BOE-A-2021-4908). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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