Disposición transitoria segunda. Garantía de continuidad en la ejecución de la política de I+D+I.
Los procedimientos a que dé lugar el ejercicio de las competencias de los organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado objeto de reorganización, cuya tramitación se hubiese iniciado con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del presente real decreto continuarán tramitándose conforme a su propia normativa y por las unidades y autoridades que correspondan, de acuerdo con el régimen establecido en este real decreto para asegurar el eficaz cumplimiento de las obligaciones de servicio público legalmente asignadas a los organismos públicos de investigación integrados.
Texto oficial de Real Decreto 202/2021, de 30 de marzo, por el que se reorganizan determinados organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado y se modifica el Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre, por el que se crea la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas y se aprueba su Estatuto, y el Real Decreto 404/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia e Innovación (BOE-A-2021-5031). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.