TÍTULO I. Normas de organización y funcionamiento de los centros docentes de formación de la Guardia Civil · CAPÍTULO I. Organización de los centros docentes de formación
Artículo 5. Estructura básica de los centros docentes de formación.
1. Los centros docentes de formación tendrán la siguiente estructura básica:
a) Dirección.
b) Subdirección Jefatura de Estudios.
c) Departamentos y secciones departamentales, en su caso.
d) Unidades de administración, servicios y apoyo.
e) Secretaría del centro.
2. Se podrá establecer una dirección única para más de un centro docente de formación o constituirse dos o más secciones por cada uno de dichos centros.
3. En los centros docentes de formación de la Guardia Civil existirán órganos y cargos de gobierno, así como cargos académicos.
Texto oficial de Centros Docentes de Formación de la Guardia Civil (BOE-A-2021-520). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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