TÍTULO II. Régimen del alumnado de los centros docentes de formación de la Guardia Civil · CAPÍTULO VII. Pérdida de la condición de alumno de la enseñanza de formación
Artículo 66. Baja por no superación de las pruebas previstas en los planes de estudios.
Texto oficial de Centros Docentes de Formación de la Guardia Civil (BOE-A-2021-520). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
