TÍTULO III. Requisitos generales y condiciones del ejercicio del profesorado de los centros docentes de la Guardia Civil · CAPÍTULO VII. De las vacaciones, permisos y licencias del profesorado
Disposición adicional primera. Alumnos que hubieren ingresado por acceso directo en el centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Oficiales.
Los alumnos que hubieren ingresado por acceso directo en el centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil durante el periodo desarrollado en la Academia General Militar y en el Centro Universitario de la Defensa en ella ubicado, se regirán por lo establecido en la normativa específica para los miembros de las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales de las Fuerzas Armadas.
Texto oficial de Centros Docentes de Formación de la Guardia Civil (BOE-A-2021-520). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional primera. Alumnos que hubieren ingresado por acceso directo en el centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Oficiales. — Centros Docentes de Formación de la Guardia Civil · BOE Fácil