TÍTULO III. Requisitos generales y condiciones del ejercicio del profesorado de los centros docentes de la Guardia Civil · CAPÍTULO VII. De las vacaciones, permisos y licencias del profesorado
Disposición final primera. Facultad de desarrollo. Normas generales de régimen interior de los centros docentes de la Guardia Civil.
Se autoriza al Director General de la Guardia Civil a dictar, en el ámbito de sus competencias, cuantas instrucciones sean necesarias para la aplicación de esta orden.
En particular aprobará las normas generales de régimen interior de los centros docentes de la Guardia Civil.
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