TÍTULO I. Normas de organización y funcionamiento de los centros docentes de formación de la Guardia Civil · CAPÍTULO II. De los departamentos y de las secciones departamentales
Artículo 24. De las funciones de los departamentos o secciones departamentales.
1. Los departamentos tendrán las siguientes funciones:
a) Proponer, informar y, tras su aprobación, ejecutar la programación, por curso, de las enseñanzas que a cada uno correspondan.
b) Impulsar la investigación en sus respectivas áreas de conocimiento en cooperación, en su caso, con las unidades y servicios de la Guardia Civil.
c) Promover y realizar trabajos de carácter científico o técnico y desarrollar las enseñanzas que procedan de acuerdo con su respectiva materia o área de conocimiento.
d) Impulsar la investigación educativa, la formación permanente y la renovación pedagógica, científica y técnica de sus componentes.
e) Proponer e informar la renovación de la metodología didáctica.
f) Elaborar criterios comunes para la evaluación de los módulos y materias a su cargo, de acuerdo con las normas de evaluación, progreso y permanencia correspondientes.
g) Proponer, informar y, tras su aprobación, realizar actividades de apoyo académico para el alumnado con asignaturas pendientes.
h) Proponer y, en su caso, dirigir o supervisar la realización de las actividades extraescolares complementarias propuestas por el departamento.
i) Cualesquiera otras funciones derivadas de la naturaleza de este órgano u orientadas al adecuado cumplimiento de sus fines.
2. Las secciones departamentales desarrollarán aquellas funciones de las anteriores que les sean asignadas por el Jefe de Estudios correspondiente.
Texto oficial de Orden PCM/6/2021, de 11 de enero, por la que se regulan para la Guardia Civil las normas de la organización y funcionamiento de sus centros docentes de formación y el régimen de su alumnado, y los requisitos generales y las condiciones del ejercicio del profesorado en sus centros docentes (BOE-A-2021-520). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.