Disposición final segunda. Entrada en vigor y vigencia.
Esta ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Los artículos 2 y 5 mantendrán su vigencia hasta el 31 de mayo de 2021.
> Téngase en cuenta que el art. 5.6 del Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre, establece que los artículos 2 y 5 de la presente Ley permanecerán vigentes hasta el 28 de febrero de 2022. [Ref. BOE-A-2021-15768#a5](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-15768)
> <small>Véase el art. 3.6 del Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo, por el que se establece que los artículos 2 y 5 de la presente Ley permanecerán vigentes hasta el 30 de septiembre de 2021. [Ref. BOE-A-2021-8877#a3](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-8877)</small>
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley.
Madrid, 12 de abril de 2021.
**FELIPE R.**
**El Presidente del Gobierno,**
**PEDRO SÁNCHEZ PÉREZ-CASTEJÓN**
Información relacionada
> <small>Téngase en cuenta que la presente Ley proviene de la tramitación como proyecto de ley del Real Decreto-Ley 9/2020, de 27 de marzo. [Ref. BOE-A-2020-4152](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-4152)</small>
Texto oficial de Ley 3/2021, de 12 de abril, por la que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID-19 (BOE-A-2021-5771). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.