La presentación del modelo 234 deberá realizarse, de acuerdo con el apartado 4 del artículo 46 del Reglamento General aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, en el plazo de los treinta días naturales siguientes al nacimiento de la obligación definido en el apartado 3 del artículo 46 del mencionado reglamento.
Texto oficial de Orden HAC/342/2021, de 12 de abril, por la que se aprueba el modelo 234 de "Declaración de información de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal", el modelo 235 de "Declaración de información de actualización de determinados mecanismos transfronterizos comercializables" y el modelo 236 de "Declaración de información de la utilización de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal" (BOE-A-2021-5780). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.