La presente Ley se dicta al amparo del artículo 149.1.5.ª y 8.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de Administración de Justicia y de ordenación de los registros e instrumentos públicos.
Texto oficial de Ley 6/2021, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil (BOE-A-2021-6945). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final primera. Título competencial. — Ley 6/2021, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil · BOE Fácil