CAPÍTULO IV. Responsable y encargado de tratamiento · Sección 1.ª Obligaciones generales
Artículo 31. Tratamiento bajo la autoridad del responsable o del encargado del tratamiento.
El encargado del tratamiento, así como cualquier persona que actúe bajo la autoridad del responsable o del encargado del tratamiento y tenga acceso a datos personales, sólo podrá someterlos a tratamiento siguiendo instrucciones del responsable del tratamiento, a menos que esté obligado a hacerlo por el Derecho de la Unión Europea o por la legislación española.
Texto oficial de Ley Orgánica de Protección de Datos en el Ámbito Penal (BOE-A-2021-8806). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 31. Tratamiento bajo la autoridad del responsable o del encargado del tratamiento. — Ley Orgánica de Protección de Datos en el Ámbito Penal · BOE Fácil