1. Las subvenciones reguladas en este real decreto se regirán, además de por lo particularmente dispuesto en el mismo, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y por su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y demás normas de derecho interno que resulten de aplicación.
2. Asimismo, estarán sujetas a lo establecido por el Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de 18 de diciembre de 2013, por el Reglamento (UE) n.º 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, por el Reglamento (UE) n.º 717/2014 de la Comisión de 27 de junio de 2014, y a la normativa concordante que resulte de aplicación.
Texto oficial de Subvenciones a Avales de SAECA para el Sector Agrario (BOE-A-2021-9174). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 19. Régimen jurídico aplicable. — Subvenciones a Avales de SAECA para el Sector Agrario · BOE Fácil