Disposición adicional cuarta. Registro general de documentos reconocidos para la certificación de eficiencia energética.
Los documentos reconocidos con base en el Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, y en el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, quedan incorporados automáticamente al Registro general de documentos reconocidos para la certificación de eficiencia energética, sin perjuicio de que, en caso de que necesitaran cualquier adaptación a lo establecido en el nuevo procedimiento básico que se aprueba en este real decreto, se inicie de oficio su actualización.
Texto oficial de Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios (BOE-A-2021-9176). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.